Los
usuarios de prótesis externas tendrán que abonar una décima parte de su
importe, según establece el Real Decreto 1506/2012, publicado este sábado en el
BOE. Así, deberá abonarse el 10% de las prótesis de mama, de restauración
facial (por ejemplo, pabellones auriculares o nariz), prótesis externas de mano
y pie, y de los audífonos, todos subvencionados hasta ahora al 100% en algunas
comunidades, como la madrileña.
Lo
mismo sucederá con las sillas de ruedas manuales y las prendas de comprensión
que utilizan los quemados, o los cojines para pacientes con lesión medular.
También se aplicará ese 10% en la "renovación de componentes externos de
los implantes quirúrgicos".
Las
sillas de ruedas eléctricas, en los casos graves
En
el caso de las sillas de ruedas con motor eléctrico, Sanidad sólo las sufragará
al 90% en casos de "limitaciones funcionales graves del aparato locomotor
por enfermedad, malformación o accidente". Es uno de los aspectos que
contempla el Real Decreto, que reúne en un anexo la relación de productos
"de aportación reducida".
Este
subgrupo está incluido en la "cartera común suplementaria" que acaba
de unificar el Ministerio de Sanidad, y que también engloba las prótesis
dispensadas "ambulatoriamente". La norma establece que estas últimas
(muletas, sillas de ruedas...) "se rijan por las mismas normas que regulan
la prestación farmacéutica", es decir, el copago, con la salvedad de que,
en el caso de las prótesis, no se aplicará el límite máximo de cuantía de esa
aportación. Es decir, no habrá un tope de entre 10 y 60 euros como en el caso
de los medicamentos dispensados a pensionistas.
De
este modo, las rentas declaradas a Hacienda que superen los 100.000 euros
deberán aportar el 60% del importe, las rentas de entre 18.000 y 100.000 euros,
el 50%, y los pensionistas, el 10%.
Exentos
de pago
En
todos los casos, estarán exentos de pago los afectados de síndrome tóxico, las
personas con discapacidad que sean beneficiarias de prestaciones sociales y
económicas, las receptoras de rentas de integración social, las perceptoras de
pensiones no contributivas y los parados que hayan perdido el derecho a
subsidio.
En
el caso de las personas que requieran tratamientos derivados de accidente de
trabajo o enfermedad profesional, será la mutua de accidentes, la Seguridad
Social o el Instituto Social de la Marina quien corran con los gastos.
Los
implantes quirúrgicos "cuya finalidad es sustituir total o parcialmente
una estructura corporal, o bien modificar, corregir o facilitar su
función", tales como las prótesis de cadera, seguirán estando sufragados
al 100%.
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