Tal y como anunció la semana pasada
la ministra de Sanidad, Ana Mato, la reforma sanitaria supondría la unificación de la cartera suplementaria de
servicios, por la que hasta ahora cada ciudadano pagaba en función de lo
estipulado en su comunidad autónoma. Ahora, el pago por el transporte sanitario
no urgente o las prestaciones ortoprotésicas -que incluyen férulas o muletas,
pero no prótesis de cadera y similares- será igual en todo el país.
Estas reformas,
publicadas en el BOE con unos días de retraso por 'motivos técnicos', según el
Ministerio, indican que la cartera común suplementaria "incluye todas
aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación
ambulatoria". Entre ellas se encuentran las prestaciones farmacéutica,
ortoprotésica y de productos dietéticos, que estarán sujetas a la aportación
del usuario siguiendo "las mismas normas" que las anunciadas para los
medicamentos días atrás.
Es decir, aquéllos con
rentas superiores a 100.000 euros aportarán el 60%, los que ingresen entre
18.000 y 100.000, el 50%, y un 10% para los pensionistas. Los ciudadanos que no
pertenezcan a ninguno de estos grupos, seguirán aportando el 40% del precio,
como sucedía hasta ahora.
Todas estas prestaciones
ya contaban con la aportación del usuario antes de las reformas introducidas
por el Gobierno, pero ésta dependía de cada Comunidad Autónoma. En
Andalucía, por ejemplo, las medidas ortoprotésicas incluían "las prótesis
externas, ortesis y vehículos para inválidos y otros artículos comprendidos en
el Catálogo general de ortoprótesis" y los residentes en dicha comunidad
no debían abonar importe alguno por ellas. En otras regiones, los ciudadanos
debían pagar un porcentaje del precio total.
Aún por definir
La
cartera de servicios comunes de prestación ortoprotésica, regulada hasta ahora
por el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, recogía una seria de mínimos
entre los que figuraban "los implantes quirúrgicos, las prótesis externas,
las sillas de ruedas, las ortesis y las ortoprótesis especiales".
La
nueva normativa no afecta al pago de todas ellas sino exclusivamente a las que
se dispensan en el ámbito ambulatorio, según recoge la reforma. Se trata pues
de dispositivos como "las férulas o las muletas" y no de "las
prótesis de cadera", según fuentes del Ministerio de Sanidad.
Sin
embargo, el catálogo final aún no ha sido aprobado, tal y como indica el Artículo
8 ter. del Real Decreto-ley. Para la definición final, según explicó Ana Mato hace
unos días, el Ministerio y las Comunidades Autónomas cuentan con dos meses.
Lo mismo sucede
con las prestaciones dietéticas, que incluyen productos o tratamientos
destinados a pacientes con trastornos metabólicos congénitos.
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